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REQUISITOS Y PROCEDIMIENTO PARA EL CAMBIO DE NOMBRE EN PERÚ

En el Perú, algunos ciudadanos desean cambiar su nombre, prenombre e incluso apellidos por diversos motivos. Sin embargo, es importante comprender que, según el Registro Nacional de Identificación y Estado Civil (Reniec), este proceso no es válido de forma administrativa. El trámite administrativo solo procede en casos de rectificación cuando se ha cometido un error al registrar los nombres y apellidos en la partida de nacimiento. En otros casos, el proceso debe llevarse a cabo de manera judicial.

El artículo 29 del Código Civil establece que nadie puede cambiar su nombre, salvo por motivos justificados y mediante autorización judicial, que debe ser debidamente publicada e inscrita. Esta disposición se basa en la importancia del nombre como elemento del derecho a la identidad de la persona y su función de individualizar e identificar a la persona en la sociedad.

El cambio de nombre debe ser tramitado ante el juez del Juzgado Especializado en lo Civil o Juzgado Mixto correspondiente al domicilio de la persona que solicita el cambio. El proceso debe ser llevado a cabo por un abogado especializado en Derecho Civil.

El solicitante debe presentar una solicitud explicando la causa justificada de su petición y ofreciendo pruebas que respalden su solicitud. Debe adjuntar una copia legible del DNI y una copia certificada de su partida de nacimiento. En este proceso, se emplaza al Ministerio Público.

Una vez que se presenta la solicitud, el juez ordena la publicación de un extracto de la solicitud en el portal web oficial del Poder Judicial y programa una audiencia para la presentación de pruebas y declaración judicial, que debe realizarse dentro de los 15 días siguientes.

Finalizada la audiencia, el juez emite una resolución. Si es positiva, se ordena al Reniec la anotación del cambio en la partida de nacimiento correspondiente. Luego, el solicitante debe gestionar la obtención de un nuevo DNI que refleje el cambio de nombre.

Los costos asociados con este proceso incluyen los aranceles judiciales, tasas de actualización de datos con emisión de DNI, y los honorarios del abogado. No es posible establecer un rango de precios para los honorarios de los abogados, ya que varían según el profesional y el caso específico.

Cada caso es considerado de manera independiente, y se admiten cambios de nombre en situaciones como homonimia intolerable, agravio al interés social o personal, ofensas al sentimiento cívico, religioso o moral de la comunidad, y cuando el nombre tiene una connotación indecorosa, grosera o ridícula.

Si el solicitante está casado y tiene hijos menores de edad, el cambio de nombre también afectará al cónyuge y a los hijos menores de edad, y el juez debe ordenar la anotación en las partidas de matrimonio y nacimiento correspondientes.

En resumen, el cambio de nombre en Perú es un proceso que debe llevarse a cabo de manera judicial y requiere una solicitud detallada, pruebas que respalden la solicitud y la participación de un abogado especializado en Derecho Civil. Cada caso se considera de manera independiente, y los motivos para el cambio de nombre deben estar debidamente justificados.