El Tribunal Constitucional (TC) de Perú ha marcado un hito en la defensa de los derechos de los pensionistas al declarar inconstitucional la práctica de la Oficina de Normalización Previsional (ONP) de suspender pensiones de jubilación sin una base legal clara y sin garantizar el derecho a la defensa de los afectados. Esta decisión surge a raíz de la demanda de amparo presentada por Erasmo Lucio Cabezas Carpio, quien vio suspendida su pensión de jubilación desde abril de 2014 sin un proceso adecuado que respetara sus derechos fundamentales.
El fallo del TC no solo ordena la restitución de la pensión al demandante, incluyendo intereses legales y costos del proceso, sino que también establece un precedente importante al reformular el criterio jurisprudencial sobre la suspensión de pensiones. El TC ha clarificado que la ONP carece de facultades para suspender una pensión ya concedida sin que exista una ley que expresamente lo autorice, subrayando la importancia del derecho a la defensa y el debido proceso.
Además, el Tribunal ha detallado las condiciones y procedimientos que la ONP debe seguir para actuar frente a irregularidades en pensiones ya otorgadas, incluyendo plazos específicos para la nulidad de un acto administrativo de otorgamiento de pensión. Importante destacar es el plazo de ocho meses dado a la ONP para anular de oficio las pensiones que actualmente se encuentran suspendidas, siempre dentro del marco legal de dos años para realizar dicha nulidad.
Este fallo no solo beneficia directamente al demandante, sino que también proporciona un marco legal más claro y justo para la administración de pensiones en el país, beneficiando a otros en situaciones similares y reforzando el principio de seguridad jurídica en el sistema de pensiones peruano.
El TC también ha hecho un llamado al Congreso y al Poder Ejecutivo para dotar a la ONP de los medios necesarios que le permitan llevar a cabo su labor de fiscalización de manera efectiva y dentro del plazo legal, asegurando así la legalidad en el otorgamiento de pensiones. Este fallo representa un avance significativo en la protección de los derechos de los pensionistas en Perú, estableciendo un precedente para el respeto al debido proceso y la seguridad jurídica en el sistema de pensiones.